¿Te pueden multar por beber agua mientras conduces?
Conducir seguro es importante y no debe representar un riesgo, por ello, es fundamental beber agua para mantenerse hidratado al volante y evitar infracciones.
Claves para evitar infracciones
Mantener una buena hidratación es recomendable y una obligación durante la conducción de todo tipo de vehículo, pero es probable que muchas personas realicen distintas acciones como maquillarse, comer, sacar el codo o beber, aunque podrían ser multados por estos motivos.
La pregunta es ¿cómo? y esto se debe a que cada movimiento implica apartar la vista del volante, levantar las manos y otros gestos que arriesgan la seguridad de los usuarios, estos podrían sancionarse.
La DGT aconseja hidratarse constantemente durante todo el viaje, principalmente cuando las temperaturas son elevadas, esto se debe a que al no beber agua el organismo produce varios síntomas, desde cansancio, hasta fatiga muscular, dolor de cabeza y somnolencia.
Recientes estudios han detectado que la deshidratación produce en las personas el mismo efecto que el alcohol.
Por su parte, la Ley hace referencia a que estas acciones señaladas por sí solas no representan multas, aunque pueden serlo en caso de peligro, como indica la DGT, y el Reglamento de Circulación, explica en algunos de sus artículos lo siguiente:
- Se debe llevar a cabo la conducción con precaución y diligencia para no poner en peligro a los ocupantes y otros usuarios de las vías.
- Todos los conductores deben poder controlar sus vehículos en todo momento.
- Cada persona al volante, está obligado a mantener la atención de forma permanente, contar con libertad de movimientos, y disponer de su campo de visión correctamente.
Si bien, no son conductas que implican infracciones de tráfico, pueden serlo si los agentes de la DGT consideran que se limitan los movimientos y se interfiere en la obligación de atender la circulación o se pone en peligro a los demás.
Siempre será aconsejable beber agua en cada parada, durante el tiempo de conducción.
Recuerda tener en cuenta que la multa puede ser de 100 euros si lo considera el agente de tránsito, cuando las acciones puedan suponer pérdida de atención. Ante estos casos se incurre en infracción que puede multarse con carácter leve, y castigarse con 100 euros que se podrán pagar con descuento del 50% por pronto pago, sin implicar que se pierdan puntos en el carnet. ¡Mantente siempre hidratado al volante!